El nuevo Impuesto sobre Gases Fluorados afectará su fabricación e importación.

Desde el gobierno se busca garantizar un mayor control sobre estos gases y asegurar el cumplimiento de pago de los tributos. Esta reforma prevé, según los Presupuestos Generales del Estado para 2022, recaudar 70 millones de euros a través del impuesto. La reforma entrará en vigor hoy, 27 de julio de 2022 y comenzará a tener efectos a partir del 1 de septiembre de 2022….

Desde el gobierno se busca garantizar un mayor control sobre estos gases y asegurar el cumplimiento de pago de los tributos.

Esta reforma prevé, según los Presupuestos Generales del Estado para 2022, recaudar 70 millones de euros a través del impuesto.

La reforma entrará en vigor hoy, 27 de julio de 2022 y comenzará a tener efectos a partir del 1 de septiembre de 2022.

Desde 2014 está en vigor en España el impuesto sobre gases fluorados, que en septiembre de 2018 fue rebajado de 20 a 15 euros por tonelada equivalente de CO2. Desde entonces Hacienda ha recaudado cerca de 700 millones de euros por este concepto.

En España ya se han recaudado más de 600 millones de euros con el impuesto de gases fluorados que entró en vigor en 2014 y que en 2018 se redujo en un 25%.

Por otro lado, se produjo mucha especulación en los precios del gas desde 2017 debido al reglamento F-Gas, que significaron mas de 300 millones de beneficios extras para los propietarios de los derechos de importación lo que produjo un crecimiento en el mercado negro (se calcula que 1/4 del total).

¿Cómo afecta esto a los gases fluorados?

La tendencia del mercado hacia el consumo de refrigerantes de efecto invernadero moderado y naturales como el R290, el CO2 o el NH3 (amoniaco) ha reducido notablemente la demanda de gases fluorados. Esto ha provocado que el precio del gas haya retrocedido a niveles de 2017 que sumado a la nueva ley de la prohibición de comercialización de gases fluorados en muebles frigoríficos, hará que la demanda se reduzca aún más

El gráfico muestra la recaudación del impuesto y los sobrebeneficios obtenidos por los derechos de cuota de comercialización.

¿Cómo afectará el nuevo impuesto sobre los gases fluorados?

Además de esto, hay que tener en cuenta que, según la redacción del anteproyecto, la figura del «revendedor» desaparece, es decir, únicamente mantendrán los «almacenistas de gases fluorados» la ventaja de tener que anticipar el impuesto a Hacienda antes de recargar el gas, de tal manera que los instaladores que solicitaban el CAF ahora no evitarán pagar dicho impuesto. En consecuencia, el instalador frigorista tendrá que soportar la carga del impuesto al comprar el gas y liquidar el impuesto por el gas que tuviera almacenado a la entrada en vigor de la ley.

SITUACIONES EXENTAS DE GRAVAMEN

La ley nos muestra excepciones en las que no se aplicará el gravamen:

Reguladas en el apartado ocho del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre (LA LEY 17263/2013), se establece que no resultará gravadas:

— La fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de gases fluorados que:

* Vayan a resultar utilizados fuera del territorio español.

* Que se destinen a ser utilizados como materia prima para su transformación química en un proceso en el que estos gases son enteramente alterados en su composición.

* Que vayan a ser usados en equipos militares o destinados a ser incorporados en los buques o aeronaves que realicen navegación marítima o aérea internacional, excluida la privada de recreo.

— La importación o adquisición intracomunitaria de gases objeto del impuesto contenidos en los productos que formen parte del equipaje personal de los viajeros procedentes de un territorio tercero, siempre que no constituyan una expedición comercial.

— Hasta el 31 de diciembre de 2023 estará exenta la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de hexafluoruro de azufre destinado a la fabricación de productos eléctricos.

— Hasta el 31 de diciembre de 2026 estará exenta la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de los gases objeto del impuesto que se destinen a ser utilizados en inhaladores dosificadores para el suministro de ingredientes farmacéuticos.

En los supuestos de irregularidades en relación con la justificación del uso o destino dado a los gases objeto del impuesto que se han beneficiado de una exención en razón de su destino, estarán obligados al pago del Impuesto y de las sanciones que pudieran imponerse los contribuyentes, en tanto no justifiquen la recepción de los productos por el adquirente facultado para recibirlos mediante la aportación de la declaración previa, recayendo la obligación a partir de tal recepción sobre los adquirentes.

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